El máximo tribunal consideró que la condena contra los músicos y los ex funcionarios porteños no cumple la doble instancia.
La Corte Suprema emitió un fallo sobre el caso Cromañón y abrió el camino para que quedaran en libertad casi todos los imputados. Anoche, iban saliendo de las distintas unidades penitenciarias, los integrantes del grupo de rock Callejeros.
También los tres funcionarios públicos sobre los cuales pesan las acusaciones de no controlar el boliche y uno de los encargados de Cromañón, quedaron provisoriamente en libertad.
Por otra parte, dos de los imputados, Omar Chabán y el subcomisario Rubén Díaz, vieron confirmadas sus condenas a diez años y nueve meses, y a ocho años de prisión, respectivamente. Tampoco gozará de libertad, el baterista Eduardo Vásquez, pero eso se debe a que fue condenado por el homicidio de su esposa, Wanda Taddei.
El máximo tribunal no dictaminó respecto de culpabilidades o inocencias en el estrago que causó 194 víctimas, sino que sólo se limitó a decir que si los músicos fueron absueltos en el juicio oral y una sala de Casación los condenó después, se requiere una doble instancia para esa condena.
Ese es el motivo, por el cual el presidente de la Casación, Mariano Borinsky, recibirá hoy nuevamente la causa y sorteará una nueva sala para que emita un fallo diciendo si está bien lo que hizo el Tribunal Oral o si ratifica las condenas impuestas por la Sala III de la Casación. Así se cumpliría –a los ojos de la Corte– la doble instancia. Dado que la Corte aceptó las apelaciones, el fallo dejó de estar firme y por eso las libertades que se concretaban anoche.
El fallo del máximo tribunal se fundamenta en el criterio de “doble conforme”, una jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que plantea que toda persona tiene la garantía de inocencia hasta que no existan dos sentencias condenatorias firmes.
