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Legislatura: se aprobó la creación del Distrito Villa Olímpica

Estará localizado en la Comuna 8 y será sede de los Juegos Olímpicos de la Juventud 2018. Se aprobó en primera lectura por lo que se convocará a Audiencia Pública. El Frente para la Victoria votó dividido.

Mediante una ley aprobada en primera lectura este jueves con texto consensuado la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires desafectó del dominio público el terreno donde se asentará la Villa Olímpica, y además dispuso su transferencia a la Corporación Buenos Aires Sur S.E. y posterior enajenación.

Estableció que el 50% de los ingresos provenientes de la enajenación será ingresado a las partidas correspondientes a la urbanización de la Villa 20, y el resto al financiamiento y desarrollo de los anteproyectos, proyectos y obras para la Comuna 8, entre los cuales se encuentran las obras hidráulicas a realizarse en el arroyo Cildáñez, los trabajos pluviales en el ramal Escalada, las obras a realizarse en el Parque Deportivo “J.A. Roca”, y demás obras como las mejoras en el Hospital “Cecilia Grierson” y la puesta en valor del Premetro, que surgieron de las propuesta volcadas por los vecinos en las distintas mesas participativas que se vienen realizando desde el año 2012. Se aclara que para el caso en que el destino de los inmuebles sea de vivienda, el comprador del predio debe garantizar que al menos un 10% del mismo sea comercializado a través del contrato de leasing cuyos tomadores sean vecinos de la Comuna 8, según lo establecido en el art. 34 de la Ley N° 5235.

La decisión está vinculada a que la Ciudad de Buenos Aires fue designada como sede de los Juegos Olímpicos de la Juventud 2018 y la Ley N° 5.235 determinó la localización de la Villa Olímpica en la Comuna 8, coincidente con las acciones y programas llevados a cabo para el desarrollo urbano y social de la zona. En este sentido, el Gobierno porteño ha realizado trabajos de mejoramiento territorial y ambiental a fin de proyectar la futura construcción de viviendas donde se alojarán deportistas de las diversas disciplinas deportivas.

Por esa razón, se adecuó la zonificación de los terrenos a fin de concretar los proyectos y se creó un Distrito de Urbanización Determinada “U N°(a designar) – Villa Olímpica”, así como otros cambios de zonificación para sectores aledaños. Se creó un Distrito E4 para la localización del Hospital “Dra. Cecilia Grierson”, en una porción de terreno de la manzana 123, sección 68, circunscripción 1. A su vez, se afectó a Distrito U N° (a designar) “Equipamiento Lacarra”, el sector del Parque de la Ciudad colindante con la Autopista “Presidente Cámpora”, a efectos de contar con un predio para desarrollar equipamientos de escala urbana y/o regional que permitan la localización de usos singulares, que por sus características, requieran terrenos de gran superficie y normas particularizadas para dichas actividades. La nueva norma afecta a “Distrito UP” al resto del predio del Parque de la Ciudad, y las construcciones allí existentes, en total una superficie de 49 hectáreas.

El expediente remitido por el Poder Ejecutivo llegó a la Legislatura acompañado del informe técnico emitido por la Dirección General Administración de Bienes. Además, la Dirección General Planeamiento Urbano dependiente del Ministerio de Desarrollo Urbano expresa que “a los fines de una adecuada continuidad de gestión y realizada una evaluación de los programas en desarrollo, se consideró oportuno elevar a consideración una serie de modificaciones (…) todo ello con el objetivo de una mejor adecuación a nuevas circunstancias. Asimismo se retomaron las consideraciones efectuadas oportunamente por el Área de Codificación Urbanística teniendo como objetivo una correcta incorporación de las normas al Código de Planeamiento Urbano”. Por otra parte, la Subsecretaría de Planeamiento indicó que “en el proyecto que se acompaña se referencia los polígonos que se afectan y desafectan en concordancia a los planos adjuntos, se adecuan los usos a localizar en base a las nuevas actividades requeridas, tanto educacionales como sociales que acompañan la urbanización de la Villa Olímpica y la Villa 20, proponiendo a su vez una adecuación de la trama vial consensuada con el área de transporte”.

Hubo dos despachos de minoría que postularon un proyecto de resolución con vuelta a comisión. Uno, del diputado Adrián Camps (PSA) quien señaló que “la técnica legislativa aconseja desdoblar los proyectos de ley cuando se tratan temas diferentes como los explicitados; que existen leyes previas incumplidas a la fecha que fueron sancionadas con anterioridad a la presentación del proyecto de ley y que debieran ser ejecutadas para satisfacer necesidades urgentes de los habitantes de la Comuna 8, como la Ley N° 1769, Hospital para Lugano/Ley N° 1770, urbanización y construcción de viviendas para los habitantes del Barrio Villa 20/Ley N° 1333 que declara la emergencia ambiental y de infraestructura del Barrio Ramón Carrillo, además, en referencia a la Villa Olímpica, la Constitución de la CABA en su art. 30 establece la obligatoriedad de la evaluación previa del impacto ambiental de todo emprendimiento público o privado y éste proyecto no prevé su cumplimiento y tampoco se da relevancia a la participación de ACUMAR”. Por su parte, Gustavo Vera (BC) argumentó que “el proyecto no especifica las obras que se realizarán con los fondos recaudados y es muy general y arbitraria la asignación de los porcentajes para obras, tampoco se informó el costo de las obras a financiar y que no será el Estado quien se encargue de venderlas, adjudicarlas o cederlas a los habitantes de la Comuna con problemas habitacionales, sino que se venderán para que “el comprador del predio” garantice se destine el 10% en leasing a los habitantes de la Comuna”.

El presidente de la Comisión de Planeamiento Urbano, diputado Agustín Forchieri (PRO), abrió y cerró el debate sobre el proyecto y agradeció el apoyo de sus pares para la aprobación. Además, usaron de la palabra Del Corro (PTS-FI), Ramal(FIT), Vilardo (AyL), PalmeyroAndradeMuiños (FpV), Sahonero (PRO), Rossi (SUMA+), Cortina (PS), Ferraro (CC-ARI) y García Vilas (CP).

La ley obtuvo en general 41 votos positivos (PROPSFRCPCCMaría Rosa MuiñosClaudio PalmeyroGabriel Fuks,Silvia GotteroClaudio Heredia (FpV)); 12 negativos (Pablo FerreyraLorena PokoikMaría TiessoJavier Andrade,Paula PenaccaJosé CampagnoliMaría CondeCarlos Tomada (FpV), Adrián Camps (PSA), Fernando Vilardo (AyL),Marcelo Ramal (FIT) y Patricio Del Corro (PTS-FI) y se abstuvieron los 6 legisladores del bloque SUMA+. Deberá convocarse a Audiencia Pública como instancia previa a su aprobación en segunda lectura.

A 125 años de las primeras fichas dactilares del mundo

El Cuerpo Parlamentario aprobó la conmemoración de los 125 años de la elaboración de las primeras fichas dactilares del mundo, a cargo de Juan Vucetich, el 1° de septiembre de 1891. Vucetich usó inicialmente 101 rasgos de las huellas para clasificarlas en cuatro grandes grupos. Logró luego simplificar el método basándolo en cuatro rasgos principales: arcos, presillas internas, presillas externas y verticilos. El 1 de septiembre de 1891 hizo las primeras fichas dactilares del mundo con las huellas de 23 procesados, y por eso posteriormente esa fecha quedó establecida como Día Mundial de la Criminalística. Fue una muy importante contribución de nuestro país a la evolución de la justicia y el incremento de las chances de encontrar a los culpables de los distintos crímenes; pero también revolucionó otros campos. La diputada Claudia Calciano (PRO) es autora del proyecto de declaración aprobada sobre tablas.