Politica

La Justicia ordenó a Larreta garantizar la alimentación saludable en las escuelas durante la pandemia

Otro revés judicial para Larreta, fruto de la lucha de familias, cooperadoras y docentes.

En otro fallo que golpea a la administración de Horacio Rodríguez Larreta, la Justicia porteña le ordenó al Gobierno de la Ciudad garantizar una alimentación saludable a niños, niñas y adolescentes de escuelas públicas. La medida dispone que se entregue leche o yogurt para todos los días programados, así como elementos de higiene y desinfección en el marco de la pandemia de coronavirus.

El fallo es fruto de la lucha de familias, cooperadoras y docentes, que vienen denunciando las irregularidades en el reparto de viandas, así como las carencias en cantidad y calidad de alimentos que provee el Gobierno de la Ciudad desde las escuelas. Los reclamos por la alimentación deficiente en ese ámbito no son nuevos, pero se incrementaron y agravaron en el contexto de la cuarentena obligatoria y la interrupción de clases.

La jueza Romina Tesone, del Juzgado de Primera Instancia número 1 en lo Contencioso y Administrativo, resolvió “hacer lugar –parcialmente- a las medidas cautelares peticionadas en autos y en consecuencia, ordenar al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (Ministerio de Educación) que, en el plazo de tres (3) días de notificado: a) Presente en autos el menú y especificaciones técnicas correspondiente a cada modalidad de Canasta Alimentaria (desayuno, almuerzo y refrigerio), diferenciado para infantes menores de un (1) año, para quienes tengan de 1 a 3 años y de 4 a 18 o presenten celiaquía”.

En el escrito –al que accedió Nueva Ciudad- la magistrada detalló que “el menú (para todas las modalidades de canasta y franja etaria) deberá detallar: i) el listado de comidas previsto para los alimentos proporcionados, ii) las cantidades de micro y macro nutrientes que brinda cada alimento y comida, especificando el aporte de proteínas, hierro, calcio, vitamina A, D y C que otorga cada componente en cada comida y los que deberán ajustarse a las previsiones de la ley 3704 en cuanto a ingesta mínima”. Además, determinó que “el menú que se presente en autos deberá ser idéntico al que debe adjunte a cada canasta y contener, al menos, 10 listas de comida.  b) Adecue el contenido alimentario de las mentadas canastas al menú ordenado precedentemente. c) Incluya -en la modalidad ‘Desayuno’ de la Canasta Nutricional Alimentaria- leche (o yogur) para su consumo todos los días programados”. Así como también “un jabón o elementos de higiene para la adecuada desinfección y limpieza a fin de ser utilizado por sus beneficiarios/as para el lavado de manos y superficies”, tal como se recomienda para prevenir la expansión del virus Covid-19.

En el punteo de resoluciones, Tesone indicó también al Gobierno de la Ciudad que “presente en autos una propuesta de abastecimiento o modo de distribución de las Canastas (en cualquiera de sus modalidades) para los niños/as y adolescentes que las requieran y pertenezcan –estudiantes o responsables a su cargo- a los grupos de riesgo del Covid-19, de acuerdo con la clasificación contenida en la normativa vigente”.