Politica

Legislatura: aprueban licencia especial para docentes que sean víctimas de violencia de género

Lo dispuso una ley sancionada hoy por la legislatura, con despacho de la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología y aprobación unánime.

Todo el personal docente (titular, interino o suplente) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que sea víctima de violencia de género tendrá derecho a solicitar una licencia especial en su trabajo, según lo dispone una ley sancionada hoy por la Legislatura porteña.

La norma se estableció mediante un agregado que se hizo al texto del Estatuto del Docente, en el artículo 70, que versa sobre “licencias especiales, extraordinarias, justificaciones y franquicias”. En ese artículo se dispuso un nuevo inciso, el letra “y” que dice lo siguiente:

“Se otorgará esta licencia con percepción íntegra de haberes a las/los docentes con carácter de titular, interino y/o suplente que padezcan cualquier tipo de violencia de género afectando su seguridad personal, y que por tal motivo deban ausentarse de su puesto de trabajo. Esta licencia deberá contar con la debida justificación emitida por los servicios de atención y asistencia a las víctimas. En un plazo de 72 horas, se deberá presentar la denuncia judicial correspondiente o la certificación emitida por los organismos estatales competentes”.

“El ministerio de Educación dictará las normas complementarias e interpretativas que fueran necesarias para una mejor aplicación de la licencia que por la presente se aprueba”, estipula el artículo segundo.

La nueva ley fue votada por unanimidad de los 57 diputados presentes en la sesión, en base a un dictamen de la comisión parlamentaria de Educación, Ciencia y Tecnología, que compatibilizó y consensuó varios proyectos de ley de los legisladoresAníbal Ibarra (mandato cumplido), Victoria Morales Gorleri (mandato cumplido), Maximiliano Ferraro (CC), Marcelo Ramal (FIT), Juan Nosiglia, Natalia Fidel, Inés Gorbea y Marcelo Gouman (Suma +), Lía Rueda, Victoria Roldán Méndez, Eduardo Santamarina y Paula Villalba (PRO).

El presidente de la Comisión de Educación, diputado Ferraro, informó los detalles del proyecto, que durante un año y medio fue analizado por los legisladores, destacó que el dictamen fue firmado “por unanimidad” y ponderó que participaron de las discusiones previas “todos los sindicatos docentes, en un diálogo abierto”. También hablaron en el recinto los legisladoresCarlos Tomada Lorena Pokoik (FPV), Marcelo Ramal (FIT), Juan Nosiglia (Suma+), Paula Villalba Lía Rueda (PRO),Patricio Del Corro (PTS), Gustavo Vera (BC) y Fernando Vilardo (AyL).

En los fundamentos del dictamen de comisión se define a la violencia de género como “todo acto de violencia sexista que tiene como resultado posible o real un daño físico, sexual o psíquico, incluidas las amenazas, la coerción o privación arbitraria de la libertad, ya sea que ocurra en la vida pública o en la privada” (definición de la ONU de 1995).

Se indicó, además, que en nuestra sociedad esta problemática afecta especialmente a las mujeres y que ya existen normas en el plano internacional que nuestra legislación ha receptado favorablemente. Que en nuestro país, se han producido avances significativos en materia legislativa, con referencia en la Ley 24.417 (1994), contra la violencia familiar; la Ley 26.171 (2006), convención sobre la eliminación de toda forma de discriminación contra la mujer, y la Ley 26.485 (2009), de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar a la violencia contra las mujeres en los ámbitos que desarrollen sus relaciones interpersonales.

En cuanto a la Ciudad de Buenos Aires, existen la Ley 1688 (2005), de prevención y asistencia a las víctimas de violencia familiar y doméstica, y la Ley 5228 (2014), que crea la central de atención telefónica de Violencia de Género.

Se sostuvo entonces que, contribuyendo a la ampliación de derechos en ese sentido, se busca “darle un marco de protección legal a las/los docentes que padecen violencia de género y no encuentran marco alguno para proteger uno de los elementos fundamentales que le pueden permitir avanzar hacia la separación de sus golpeadores; la continuidad de su fuente de trabajo como posibilidad de su independencia económica”.

Esta ley también coadyuva “para avanzar con las denuncias, trámites y tratamientos que sean pertinentes según las orientaciones efectuadas por los organismos oficiales a los cuales ha tenido que acercarse la persona afectada para denunciar” su caso de violencia de género.